El IMSS aclara: no necesitas registrar biométricos para conservar tu pensión

En redes sociales volvió a circular una advertencia dirigida a personas pensionadas: supuestamente, para conservar el pago de la pensión IMSS sería obligatorio registrar o actualizar datos biométricos. La información es falsa.

El Instituto Mexicano del Seguro Social aclaró que no existe un trámite digital general cuyo incumplimiento provoque el bloqueo de la pensión. Por ello, ninguna persona debería entregar documentos, datos bancarios o información biométrica a partir de mensajes recibidos por WhatsApp, SMS, correo electrónico o redes sociales.

¿La pensión IMSS depende de registrar datos biométricos?

No. En un comunicado oficial, el IMSS informó que es falsa la versión según la cual el pago de las pensiones está condicionado a realizar un supuesto trámite digital obligatorio.

La aclaración es importante porque algunos mensajes utilizan frases como “último aviso”, “actualización obligatoria” o “suspensión inmediata” para generar miedo. Después, dirigen a páginas no oficiales o solicitan fotografías de documentos personales.

La existencia de servicios digitales del IMSS no significa que todas las personas pensionadas deban registrar datos biométricos. Cada trámite tiene requisitos y finalidades diferentes.

No confundas Mi Pensión Digital con una actualización obligatoria

El IMSS cuenta con el servicio Mi Pensión Digital, que permite iniciar el trámite de pensión por cesantía en edad avanzada o vejez.

Para comenzar, la plataforma solicita información como el Número de Seguridad Social, la CURP y un correo electrónico. Posteriormente, la persona debe presentar documentación en una ventanilla del Instituto.

Este proceso está dirigido a quienes desean solicitar una pensión. No equivale a una actualización biométrica obligatoria para todas las personas que ya reciben una pensión IMSS.

¿Cómo identificar un mensaje falso?

Desconfía cuando una comunicación:

  • Amenaza con suspender la pensión en pocas horas o días.
  • Solicita contraseñas, NIP, códigos recibidos por SMS o datos completos de tarjetas.
  • Pide fotografías de identificaciones o estados de cuenta por mensajería.
  • Exige un pago para conservar, actualizar o liberar la pensión.
  • Dirige a una página que no pertenece al dominio oficial del IMSS.
  • Recomienda instalar una aplicación desde un enlace desconocido.

Aunque el mensaje incluya el nombre, la CURP o el Número de Seguridad Social de la persona, eso no demuestra que sea auténtico. La información pudo obtenerse de documentos compartidos anteriormente, filtraciones o bases de datos irregulares.

¿Qué hacer antes de compartir información?

Antes de abrir un enlace o enviar documentos, conviene detenerse y verificar el aviso en el comunicado oficial del IMSS sobre el supuesto trámite obligatorio.

También se puede ingresar directamente al portal oficial de pensiones del IMSS. Es preferible escribir la dirección en el navegador en lugar de utilizar una liga recibida por mensajería.

Si persisten las dudas, la persona pensionada debe comunicarse con el Instituto mediante sus canales oficiales o acudir a la unidad correspondiente. No es recomendable usar teléfonos incluidos únicamente en publicaciones de redes sociales.

Recomendación final

Con la información oficial disponible, no existe una obligación general de registrar datos biométricos para conservar el pago de la pensión IMSS.

La mejor medida de protección es confirmar cualquier aviso antes de entregar información. Cuando un mensaje amenaza con bloquear una pensión de inmediato, la urgencia debe considerarse una señal de alerta, no una razón para enviar documentos.

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SCJN confirma facultades del IMSS: cómo responder una revisión

Recibir un requerimiento IMSS no significa que la empresa ya tenga una sanción o un crédito fiscal. Sin embargo, sí obliga a revisar plazos, documentos y posibles diferencias antes de entregar información.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó que el Instituto puede solicitar contabilidad, datos, documentos e informes durante una revisión de gabinete, siempre que actúe dentro de sus facultades de comprobación y respete los requisitos legales aplicables.

La decisión corresponde al Amparo en Revisión 589/2025. En ese asunto, la Corte declaró constitucional el segundo párrafo de la fracción XXVIII del artículo 251 de la Ley del Seguro Social.

¿Qué resolvió la SCJN?

La Corte determinó que la solicitud de información forma parte de una revisión de gabinete y constituye un acto de molestia, no un acto privativo.

Esto significa que el requerimiento busca reunir elementos para comprobar si el patrón cumplió sus obligaciones de seguridad social. No implica, por sí mismo, la pérdida definitiva de un derecho ni demuestra que ya exista un incumplimiento.

El oficio debe provenir de una autoridad competente, constar por escrito, señalar su fundamento legal y explicar la razón de la solicitud. Además, la información requerida debe relacionarse con la revisión que se está practicando.

Puedes consultar el comunicado oficial de la SCJN sobre el Amparo en Revisión 589/2025.

¿Qué puede solicitar el IMSS?

La Ley del Seguro Social permite requerir a patrones, responsables solidarios y terceros relacionados la exhibición de contabilidad, datos, documentos e informes necesarios para la revisión.

Dependiendo del periodo y del objeto del oficio, el IMSS podría solicitar información como:

  • CFDI de nómina y archivos XML.
  • Registros contables y pólizas.
  • Altas, bajas y modificaciones salariales.
  • Acuses de movimientos presentados mediante IDSE.
  • Cálculos y reportes del SUA.
  • Comprobantes de pago de cuotas.
  • Contratos laborales.
  • Papeles de trabajo del Salario Base de Cotización.

La Ley del Seguro Social vigente contiene la facultad analizada por la Corte.

¿La decisión permite al IMSS pedir cualquier información?

No. La resolución confirma que la facultad prevista en la ley es constitucional, pero no convierte automáticamente en válido cualquier oficio.

Un requerimiento particular todavía debe cumplir con requisitos de competencia, fundamentación, motivación, notificación y relación con el objeto de la revisión. También debe conceder un plazo para responder y precisar los documentos que deben presentarse.

Por ello, si la solicitud resulta ambigua, incluye periodos ajenos a la revisión o exige documentación que aparentemente no guarda relación con las obligaciones verificadas, conviene analizarla antes de entregar información.

Un requerimiento IMSS tampoco equivale a una sanción. Primero, el Instituto recopila y analiza los documentos. Después puede concluir sin observaciones, solicitar aclaraciones o determinar diferencias conforme al procedimiento correspondiente.

¿Cómo responder un requerimiento IMSS?

El primer paso es registrar la fecha exacta de notificación y calcular el vencimiento. Después deben identificarse la autoridad emisora, el registro patronal, los periodos revisados y cada documento solicitado.

Antes de contestar el requerimiento IMSS, conviene comparar la información de nómina, contabilidad y seguridad social. El CFDI de nómina, los movimientos del IDSE, los cálculos del SUA y los comprobantes de pago deben ser consistentes entre sí.

Si existen diferencias, deben localizarse y explicarse antes de preparar la respuesta. Entregar archivos contradictorios o sin contexto puede generar observaciones adicionales.

Para realizar esa revisión, te recomendamos nuestra guía sobre cómo conciliar CFDI de nómina, SUA e IDSE antes de una revisión del IMSS.

También es recomendable preparar un índice de anexos, relacionar cada archivo con el punto específico del oficio y conservar una copia íntegra de todo lo entregado, junto con el acuse correspondiente.

Errores que deben evitarse

Al atender una revisión, los problemas no siempre provienen de una omisión de cuotas. Con frecuencia aparecen por una respuesta desordenada o por datos inconsistentes.

Entre los errores que conviene evitar se encuentran:

  • Calcular incorrectamente el plazo.
  • Entregar documentos incompletos o ilegibles.
  • Enviar archivos sin índice.
  • Presentar cifras distintas entre nómina, SUA, IDSE y contabilidad.
  • Proporcionar información adicional que no fue revisada.
  • No conservar evidencia exacta de lo presentado.
  • Suponer que el oficio ya demuestra una infracción.

Cuando existan posibles defectos legales o diferencias importantes, la revisión documental debe coordinarse con el análisis jurídico. No conviene responder únicamente desde el área contable sin evaluar el alcance del oficio.

Recomendación final

El criterio de la SCJN confirma que el IMSS puede usar la revisión de gabinete para comprobar obligaciones patronales. Por ello, las empresas necesitan mantener organizada su documentación antes de recibir un oficio.

La mejor prevención consiste en conciliar periódicamente nómina, CFDI, SUA, IDSE, contabilidad y pagos. Así, cuando llegue un requerimiento IMSS, será más sencillo responder dentro del plazo, explicar diferencias y reducir el riesgo de observaciones.

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Cambio de turnos entre trabajadores: cómo autorizarlo sin generar riesgos

El cambio de turnos puede ayudar a un trabajador a atender una necesidad personal sin que la empresa pierda continuidad. Sin embargo, el acuerdo entre dos compañeros no basta para modificar el horario. Antes de aprobarlo, la organización debe revisar la jornada acumulada, los descansos, las horas extra, el tipo de turno y la operación del puesto.

Permitir intercambios informales puede generar registros de asistencia inconsistentes, pagos incorrectos o jornadas superiores a los límites legales. Por eso, la autorización debe convertirse en un procedimiento sencillo y documentado.

¿Es válido el cambio de turnos entre trabajadores?

La Ley Federal del Trabajo no prohíbe que dos personas soliciten intercambiar sus horarios. Además, el artículo 58 permite que la jornada sea distribuida de común acuerdo entre la persona empleadora y trabajadora.

Por tanto, el cambio de turnos puede autorizarse, pero no debe ejecutarse únicamente por decisión de los empleados. La empresa necesita participar porque conserva la responsabilidad de controlar la asistencia, respetar los límites de jornada y pagar correctamente las prestaciones.

Los trabajadores también están obligados a prestar el servicio en la forma, tiempo y lugar convenidos. Presentarse en un horario distinto sin autorización puede incumplir las condiciones acordadas, aunque otro compañero haya aceptado cubrir el turno original.

¿Por qué no basta el acuerdo entre compañeros?

Un intercambio puede afectar más elementos de los que parecen. Una persona podría trabajar durante su día de descanso, pasar de una jornada diurna a una nocturna, acumular tiempo extraordinario o presentarse en domingo.

Además, quien cubra el horario debe contar con la capacitación y permisos necesarios. El problema no es solamente quién se presenta a trabajar, sino los efectos que el ajuste puede producir en nómina, seguridad, descanso y continuidad operativa.

¿Qué debe revisar la empresa antes de autorizarlo?

Jornada diaria y semanal. Deben sumarse las horas que cada persona trabajará después del intercambio. En 2026, el límite semanal aplicable continúa siendo de 48 horas por la transición gradual hacia las 40 horas. La suma de jornada ordinaria y extraordinaria tampoco puede superar 12 horas en un día.

Tipo de jornada. El nuevo horario puede ser diurno, nocturno o mixto. La duración diaria máxima es de ocho horas para la jornada diurna, siete para la nocturna y siete horas y media para la mixta.

Horas extraordinarias. El cambio de turnos no debe utilizarse para ocultar tiempo extra. Durante 2026 y 2027, la transición legal mantiene un límite de nueve horas extraordinarias semanales. Si el intercambio genera tiempo adicional, debe registrarse y pagarse conforme corresponda.

Descanso semanal y domingo. Por cada seis días trabajados debe otorgarse, por lo menos, un día de descanso con salario íntegro. Si el nuevo horario implica laborar en domingo, también debe revisarse la prima dominical de al menos 25 %.

Aptitud para cubrir el puesto. La empresa debe confirmar que quien cubrirá el horario puede desempeñar las funciones sin aumentar riesgos.

Para ampliar el contexto, te recomendamos leer nuestro artículo sobre la jornada laboral de 40 horas, donde explicamos el calendario gradual y los controles que deben preparar las empresas.

¿Cómo documentar la solicitud?

Un formato físico o electrónico puede ser suficiente. Lo importante es que identifique el acuerdo y deje evidencia de la revisión realizada.

La solicitud debería contener:

  • nombres y números de empleado;
  • puestos y áreas involucradas;
  • fechas y horarios originales;
  • horario que se pretende intercambiar;
  • confirmación de que ambas personas están de acuerdo;
  • revisión de jornada, descanso y horas extra;
  • nombre, fecha y firma de quien autoriza.

La aprobación debe emitirse antes de que ocurra el cambio de turnos. Un mensaje enviado después no demuestra que la empresa revisó oportunamente sus consecuencias.

¿Conviene regularlo en el reglamento interior?

Sí. El artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo dispone que el reglamento interior debe incluir las horas de entrada y salida, los periodos de descanso, y el lugar y momento en que comienzan y terminan las jornadas.

La empresa puede incorporar ahí el procedimiento para solicitar intercambios o desarrollar una política complementaria con plazos, responsables, medios autorizados y causas objetivas para negar una petición.

La decisión debe basarse en cobertura operativa, límites de jornada, capacitación y seguridad, no en preferencias personales del supervisor.

Procedimiento práctico para autorizar el cambio

  1. Los dos trabajadores presentan la solicitud con anticipación.
  2. El responsable revisa puestos, cobertura y aptitud.
  3. Recursos Humanos verifica jornada acumulada, descansos y pagos adicionales.
  4. La empresa aprueba o rechaza mediante un medio que deje evidencia.
  5. El ajuste autorizado se refleja en asistencia, supervisión y nómina.
  6. La documentación se conserva con los registros laborales.

Este control evita que el cambio de turnos se convierta en una práctica informal difícil de comprobar durante una inspección o conflicto.

Recomendación final

Intercambiar un horario puede beneficiar al trabajador y a la empresa, siempre que exista autorización previa y una revisión completa. La flexibilidad no está peleada con el cumplimiento; el riesgo aparece cuando los cambios se realizan sin registro y sin medir sus efectos.

Si alguien modifica su turno sin autorización, la respuesta debe analizarse conforme al contrato, el reglamento interior y las circunstancias. No toda conducta justifica automáticamente una sanción grave, y cualquier medida disciplinaria debe respetar el derecho de la persona trabajadora a ser escuchada.

La mejor práctica es establecer un procedimiento breve, comunicarlo al personal y conservar evidencia. Así pueden atenderse necesidades personales sin descuidar la jornada, los descansos, la nómina ni la seguridad del centro de trabajo.

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Cajas y fondos de ahorro: cuándo están exentos de ISR

Los fondos de ahorro pueden ser una prestación valiosa para los trabajadores y una herramienta de previsión social para las empresas. Sin embargo, asignar ese nombre a un pago no basta para considerarlo exento de ISR ni para excluirlo del salario base de cotización ante el IMSS.

El beneficio depende de cómo se constituye el esquema, quién realiza las aportaciones, cuándo puede retirarse el dinero y si se cumplen los requisitos establecidos en la legislación.

¿Una caja de ahorro y un fondo de ahorro son lo mismo?

Aunque ambos mecanismos buscan fomentar el ahorro, funcionan de manera distinta.

FiguraCaracterísticas principales
Caja de ahorroSe integra principalmente con aportaciones de los trabajadores. El fondo común puede utilizarse para conceder préstamos a sus participantes y generar rendimientos.
Fondo de ahorroEs una prestación adicional al salario en la que normalmente aportan tanto el trabajador como el patrón, conforme al plan establecido por la empresa.

La Suprema Corte ha explicado que las cajas de ahorro son asociaciones formadas por trabajadores que utilizan sus aportaciones para otorgarse créditos o recuperar posteriormente su ahorro y los rendimientos. En cambio, los fondos suelen derivar de una obligación patronal o de un contrato colectivo.

¿Cuándo los fondos de ahorro están exentos de ISR?

El artículo 93, fracción XI, de la Ley del ISR establece que no se paga este impuesto por los ingresos provenientes de cajas y fondos constituidos para los trabajadores, siempre que reúnan los requisitos de deducibilidad correspondientes.

Por tanto, la exención no depende únicamente del nombre asignado a la prestación. La empresa debe acreditar que el plan está correctamente estructurado y que se opera conforme a las disposiciones fiscales.

Cuando el esquema incumple algún requisito, no debe suponerse que todo el pago continuará exento. El tratamiento deberá determinarse según las características del caso, la nómina emitida y la documentación disponible.

¿Qué requisitos debe cumplir la empresa?

Para que las aportaciones patronales a los fondos de ahorro sean deducibles, el artículo 27, fracción XI, de la Ley del ISR exige principalmente:

  • Que la prestación se otorgue de manera general.
  • Que la aportación del patrón sea igual a la del trabajador.
  • Que la aportación patronal no exceda del 13 % del salario.
  • Que tampoco rebase el límite anual previsto por la Ley.
  • Que se cumplan los requisitos de permanencia del Reglamento.

La empresa también debe considerar la limitación aplicable a los pagos que representan ingresos exentos para sus trabajadores. Cumplir las condiciones del plan no significa necesariamente que la aportación patronal sea deducible al 100 %.

¿Qué reglas de permanencia deben respetarse?

El artículo 49 del Reglamento de la Ley del ISR dispone que el trabajador solo puede retirar sus aportaciones cuando termine la relación laboral o una vez al año.

Los recursos pueden destinarse a préstamos para los participantes y el remanente debe invertirse en los instrumentos autorizados. Los préstamos garantizados con el ahorro no deben exceder el saldo del trabajador.

Cuando se concede más de un préstamo durante el año, deben cumplirse condiciones adicionales, como haber liquidado el anterior y respetar el plazo indicado en el Reglamento.

¿Cómo se trata el ahorro ante el IMSS?

La Ley del Seguro Social establece una regla distinta. El ahorro puede excluirse del salario base de cotización cuando se integra con depósitos periódicos iguales del trabajador y de la empresa.

Si las aportaciones no son iguales o el trabajador puede retirar el dinero más de dos veces al año, el ahorro integrará salario. Por ello, un plan podría cumplir una condición fiscal para ISR y generar diferencias ante el IMSS si no se revisa de forma integral.

La contabilidad, la nómina y el reglamento interno deben coincidir. Una política escrita que no corresponda con los retiros o aportaciones reales puede provocar ajustes, cuotas omitidas, actualizaciones y recargos.

¿Qué sucede con jubilados y pensionados?

Existe una jurisprudencia sobre ingresos provenientes de cajas de ahorro recibidos por trabajadores jubilados. El criterio concluyó que la exención analizada no los excluía por haber adquirido esa condición.

No obstante, la resolución interpretó la Ley del ISR vigente hasta 2013 y se refirió específicamente a cajas de ahorro. No debe tomarse como una autorización general para considerar exento cualquier pago actual a jubilados o pensionados.

En estos casos conviene revisar el origen del ingreso, los estatutos de la caja, la calidad del beneficiario, el CFDI emitido y la forma en que la cantidad aparecerá en la declaración anual.

Lista de revisión para la empresa

Antes de entregar los recursos de los fondos de ahorro, conviene confirmar que:

  • Existe un plan escrito y fue comunicado a los trabajadores.
  • Las aportaciones del patrón y del trabajador son iguales.
  • Se respetan los límites fiscales.
  • Los retiros y préstamos cumplen las reglas de permanencia.
  • Los movimientos cuentan con respaldo contable y bancario.
  • El CFDI de nómina identifica los conceptos gravados y exentos.
  • Se revisó por separado el tratamiento para ISR y para el IMSS.

Conclusión

Las cajas y los fondos de ahorro pueden conservar un tratamiento favorable cuando están correctamente constituidos y documentados. El principal riesgo aparece cuando la operación real no coincide con el plan o cuando se confunden las reglas fiscales con las de seguridad social.

La recomendación es revisar el esquema antes de realizar el pago anual. Corregir aportaciones, retiros, préstamos o CFDI antes del cierre resulta más sencillo que defender una exención o la exclusión del salario base de cotización durante una revisión.

Artículos relacionados

Para revisar cómo se registraron los importes exentos y gravados en los recibos, te recomendamos nuestro artículo sobre el reporte de percepciones, deducciones y otros pagos.

También puedes consultar cómo conciliar CFDI de nómina, suave e IDSE antes de una revisión del IMSS, especialmente cuando necesites comprobar que el tratamiento aplicado en nómina coincide con la información de seguridad social.

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